El último tramo del año junta varias citas con Hacienda. Aquí tienes las fechas que afectan a la mayoría de autónomos y pequeñas empresas, para que no se te pase ninguna.
Octubre: el tercer trimestre
Del 1 al 20 de octubre se presentan las declaraciones del tercer trimestre (julio, agosto y septiembre). Si quieres que el pago se cargue en tu cuenta (domiciliación), el plazo acaba antes: el 15 de octubre.
| Modelo | Qué es | Quién lo presenta |
|---|---|---|
| 303 | IVA del trimestre | Autónomos y empresas que cobran IVA en sus facturas |
| 130 | Pago fraccionado del IRPF | Autónomos en estimación directa, salvo que al menos el 70 % de sus ingresos del año anterior llevara retención |
| 131 | Pago fraccionado del IRPF | Autónomos en módulos (estimación objetiva) |
| 111 | Retenciones de nóminas y de profesionales | Quien paga nóminas o facturas de profesionales con retención |
| 115 | Retenciones de alquileres | Quien alquila un local u oficina y practica retención |
| 202 | Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades | Sociedades a las que les salió a pagar el último Impuesto sobre Sociedades (segundo pago del año) |
| 349 | Operaciones con la Unión Europea | Quien compra o vende a empresas de otros países de la UE |
Diciembre: el último pago fraccionado de las sociedades
Las sociedades que hacen pagos fraccionados presentan el tercero del año (modelo 202) del 1 al 21 de diciembre, porque el día 20 cae en domingo. Para domiciliarlo, hasta el 16 de diciembre.
Diciembre también es el último momento para tomar decisiones que cuentan en los impuestos del año: aportaciones a planes de pensiones, compras o inversiones para el negocio, facturas pendientes de emitir o de recibir. Merece la pena repasarlas con tu asesor antes del 31.
Enero: cuarto trimestre y resúmenes anuales
- Hasta el 20 de enero: modelos 111, 115, 130, 131 y 349 del cuarto trimestre.
- Hasta el 30 de enero: IVA del cuarto trimestre (modelo 303) y resumen anual del IVA (modelo 390).
- Hasta el 31 de enero: resúmenes anuales de retenciones (modelos 190 y 180).
En 2027 el 30 y el 31 de enero caen en fin de semana, así que esos plazos deberían pasar al lunes 1 de febrero. Lo confirmaremos cuando Hacienda publique el calendario oficial del año.
Cuatro consejos para no ir con prisas
- Pasa las facturas del trimestre a tu asesoría en cuanto termine, no el día 18.
- Si domicilias el pago, recuerda que el plazo acaba unos días antes.
- Revisa que no te falte ninguna factura de gastos: lo que no entra en su trimestre se puede corregir después, pero da más trabajo.
- Si una declaración te sale a pagar y no puedes hacerlo de una vez, en la mayoría de modelos se puede pedir un aplazamiento, siempre dentro del plazo de presentación. Las retenciones tienen más limitaciones.
Las fechas de octubre y diciembre son las del calendario del contribuyente 2026 de la Agencia Tributaria.
En Resolver Asesores llevamos estos plazos por nuestros clientes y les avisamos antes de cada uno. Si quieres que nos ocupemos de los tuyos, escríbenos.



